A- de 2001
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Lucas Antonio Alzate Isaza
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se inaplicó el Art. 1º del Decreto 1382 de 2000 por ser manifiestamente contrario a la Constitución Política.
En consecuencia, se desató el conflicto de competencia suscitado, en el sentido de que el competente para conocer de la demanda de tutela es el Tribunal Contencioso Administrativo de Antioquía, quien conoció inicialmente de la demanda de tutela de la referencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Inaplicar, para el presente caso, por ser manifiestamente contrario a la Constitucion Politica, conforme a lo expuesto en la parte motiva, el articulo 1o del decreto 1382 de 2000.
- Segundo. Desatar el conflicto de competencia suscitado, en el sentido de que el competente para conocer de la demanda de tutela es el Tribunal Contencioso Administrativo de Antioquia, quien conocio inicialmente de la demanda de tutela de la referencia.
- Tercero. Remitir al Tribunal Administrativo de Antioquia el expediente de tutela para que adelante la correspondiente actuacion judicial.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.